jueves, 1 de junio de 2023

Completando detalles pendientes [Y reforzando aspectos importantes]

            

       Flujograma de la gestión de EPP en función del riesgo y responsabilidades


  • Otra guía de clase [La que habla de los EPPs] puede bajarse de este enlace

  • La porción del Decreto 351/79 que habla de los EPPs está enlazada aquí

  • La Resolución SRT 299/2011 puede encontrase, con su anexo, EN ESTE ENLACE

  • La lista de EPP registrados en la SRT puede encontrase AQUÍ [2023] [*]

  • El FORMULARIO DE REGISTRO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN [Modelo] ESTA AQUÍ [**]

[*] Se actualiza 1 o 2 veces al año y para comprar EPP debería consultarse y comprarse sólo  los REGISTRADOS

[**] HERRAMIENTA DE TRABAJO DEL ÁREA DE RRLL

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola profe, tengo una consulta. Si es obligatorio que los EPP estén certificados. ¿Por que en la constancia de entrega de la R. 299 se pide especificar si están certificados o no? ¿Cambia algo entregar una EPP certificada a una no certificada ante la ley?

Anónimo dijo...

Profe, disculpas, redacté mal la pregunta. Lo que quiero saber es si hay diferencia ante una inspección o disputa el haber entregado EPP no certificados/no haberlos entregado. Lo unico válido debería ser entregar solo los elementos certificados.

Alberto A. Villa dijo...

PREGUNTA:
Hola profe, tengo una consulta. Si es obligatorio que los EPP estén certificados. ¿Por que en la constancia de entrega de la R. 299 se pide especificar si están certificados o no? ¿Cambia algo entregar una EPP certificada a una no certificada ante la ley?

RESPUESTA: Cuando salió la Resolución sobre EPP aún no estaban todos certificados ni había laboratorios que certificaran todo; en algunos casos no estaba claro qué se certificada ni dónde se podía hacer. Así que salió con esa columna para indicarlo. Sin ser oficial muchos empleadores que usaban (y usan) EPPs importados referían la certificación de los países de origen si la tenían [Aún ocurre para pocos y raros casos]

Alberto A. Villa dijo...

[PREGUNTA] Profe, disculpas, redacté mal la pregunta. Lo que quiero saber es si hay diferencia ante una inspección o disputa el haber entregado EPP no certificados/no haberlos entregado. Lo único válido debería ser entregar solo los elementos certificados.

RESPUESTA: Esta bien (Vea mi respuesta arriba) su afirmación no deja de tener lógica, la trascribo para hacer un comentario: "...Lo único válido debería ser entregar solo los elementos certificados..."

Suceden tres cosas: (1) Aún hay elementos no certificados, en trámite o sin presentación o con presentación equívoca -p/ej ciertos tipos de barbijos "antipolvo"- cuya venta NO PUEDE IMPEDIRSE, (2) con ese formulario se entregan elementos que no son estrictamente EPP -o que a veces lo son y a veces no, como una capa de lluvia para personal que trabaja en interiores [Hay que explicar]- y (3) Con ese formulario se entregan elementos que nunca son EPP pero que sí son parte de Convenios Laborales (Paritarias) y que se usan para documentar entrega y validar cumplimiento... [Hay innumerables ejemplos] por ejemplo ROPA DE TRABAJO COMÚN, UNIFORMES, CALZADOS EN ZONAS SIN RIESGO,...